Las pensiones de alimentos en los procesos de separación y/o divorcio

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Uno de los aspectos que debe establecerse cuando se produce una separación o divorcio es la regulación a la contribución de los progenitores a los gastos de los hijos e hijas. Es decir, cómo van a contribuir los padres al pago de los gastos que generan los menores. Es lo que llamamos las pensiones de alimentos:

“Las pensiones de alimentos a favor de los hijos, se regulan en el artículo 142 del Código Civil.” 

En este artículo se establece que se entiende por ‘alimento’ todo aquello que tiene que ver con el sustento, la vestimenta, la asistencia médica y la habitación de los hijos.

Gastos ordinarios y gastos extraordinarios en las pensiones de alimentos

Cuando hablamos de la pensión de alimentos, debemos diferenciar los gastos ordinarios de los extraordinarios. 

Los gastos ordinarios, son aquellos gastos periódicos y previsibles que son necesarios para el desarrollo de nuestros hijos. Por tanto, deben tenerse en cuenta a la hora de fijar la pensión indicada. Dentro de los gastos ordinarios se encuentran los gastos de alimentación, vestido y calzado, gastos escolares mientras son menores de edad, gastos de ocio, y actividades extraescolares, entre otros. 

Por el contrario, los gastos extraordinarios son aquellos imprevisibles y difíciles de prever, por lo que no se contemplan dentro de la pensión de alimentos y deberán abonarse fuera de ella. 

Esta contribución a los gastos de los hijos, depende de varios factores como son: 

  • El tipo de custodia establecida
  • Las necesidades del alimentado
  • Las posibilidades del alimentista. 

En primer lugar,  y en relación al tipo de custodia fijada, lo habitual es que estas pensiones se fijen a cargo del progenitor custodio en casos de  custodia exclusiva. Así, por ejemplo, si la madre obtiene la custodia de los menores, el padre deberá abonar una pensión a favor de los hijos. 

“Estas pensiones, suelen fijarse por mensualidades, se abonan a principios del mes y deben actualizarse, salvo pacto en contra, según lo haga el IPC.”

¿Cómo se fijan las pensiones de los hijos en un divorcio?

Las pensiones deben fijarse teniendo en cuenta las necesidades de quien debe recibir esa pensión. Así, deberá fijarse teniendo en cuenta los gastos que tienen cada uno de los hijos en su conjunto. Por otro lado, esas pensiones no pueden ni deben ser fijadas de forma desproporcionada de acuerdo a los ingresos que recibe quien debe abonarlas, por lo tanto, deberán estar en consonancia con los ingresos del progenitor obligado a su pago.  

Por regla general, y en relación a las custodias compartidas, no suele establecerse pensiones de alimentos a abonar por ninguno de los progenitores. Cada uno de ellos asume los gastos de alimentación, vestido y ocio de los hijos mientras están a su cuidado. Por otro lado, y en relación al resto de los gastos, deben ser asumidos por los progenitores en un porcentaje, dependiendo de las posibilidades económicas de cada uno de ellos. 

“En algunos casos pueden llegar a fijarse pensiones de alimentos a favor de los hijos y en contra del cónyuge que obtiene mayores rendimientos de sus actividades laborales. “

Eso es así en los casos en que el divorcio o separación produce un desequilibrio económico importante entre ambos progenitores, con el fin de compensar dicho desequilibrio. 

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Foto de olia danilevich en Pexels

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